Viajeros que estén completamente vacunados o enfermos a) los que hayan completado al menos catorce (14) días antes de la vacunación contra el coronavirus COVID-19 y demuestren un certificado de vacunación con identificación simultánea del titular yb) los que hayan completado al menos diez (14) días de vacunación contra el coronavirus COVID-19 con una (1) dosis de vacuna por su coronavirus COVID-19 y acreditar un certificado de cobertura completa - recuperación y vacunación con identificación simultánea del titular, si es de la Unidad Regional donde se tiene su sede muestra: a) certificado de vacunación, a través del sitio web https://www.gov.gr/ipiresies/ugeia-kai-pronoia/koronoios-covid-19 o, si es extranjero, de acuerdo con lo establecido en la elementos D1a / GP.oik. 59928 / 30.9.2021 (Β '4515) decisión ministerial conjunta, según esté vigente de vez en cuando, si han completado al menos catorce (14) días antes de la vacunación contra el coronavirus COVID-19 ob) certificado de enfermedad emitido treinta (30) días después de la primera prueba positiva y su validez dura hasta ciento ochenta (180) días después de la misma. Si se realiza una prueba de PCR repetida después de ciento ochenta (180) días más un (1) día y es positiva, el certificado de enfermedad es válido desde la fecha de la prueba de repetición de PCR y dura hasta ciento ochenta (180) . ) días después de él. Los viajeros que no estén completamente vacunados o enfermos, independientemente del destino, si realizan rutas donde el punto de embarque o desembarque se encuentra fuera de los límites de la Unidad Regional donde tienen su base, se someten a una prueba diagnóstica hasta cuarenta y ocho (48) horas antes de su viaje. con el uso de detección rápida de antígeno de coronavirus COVID-19 (prueba rápida) en laboratorios de diagnóstico privados, como se define en p.d. 84/2001 (A '70), ya sea en clínicas privadas o en farmacias o a un médico particular, por cuenta propia. Las obligaciones anteriores incluyen a los menores de doce (12) años en adelante. Especialmente los menores de doce (12) años en adelante, que viajen en barco, lancha y taxi marítimo a las escuelas y otras actividades escolares necesarias, pueden realizar sus viajes mediante la realización de una autocomprobación que se realiza hasta veinticuatro (24) horas. antes de la hora de viaje programada. Los menores de cuatro (4) a once (11) años, pueden realizar sus viajes realizando una autocomprobación que se realiza hasta veinticuatro (24) horas antes del horario de viaje programado (disponibilidad gratuita). Las pruebas de diagnóstico anteriores se realizan en laboratorios de diagnóstico privados, como se define en p.d. 84/2001 (A '70), ya sea en clínicas privadas o en farmacias o en un médico particular, a cargo de los pasajeros, y se prueben mediante la demostración obligatoria de un certificado de diagnóstico negativo en papel o electrónicamente. Especialmente la declaración de autocomprobación se emite a través del sitio web gov.gr. Los certificados / certificados anteriores se muestran impresos por la plataforma digital www.gov.gr o en formato digital con verificación de identidad simultánea del titular. Los viajeros muestran los certificados anteriores (vacunación, enfermedad, prueba de diagnóstico y autodiagnóstico) en combinación con una identificación policial o licencia de conducir o pasaporte u otra prueba de identidad, para llevar a cabo un control de identidad antes de emitir sus boletos. y en los medios de transporte anteriores, por el personal del respectivo servicio / empresa o por personal de empresas de seguridad. Realizar una prueba diagnóstica dos (2) veces por semana a todos los empleados que no estén totalmente vacunados o enfermos, que brinden trabajo con presencia física dentro o fuera del local de su servicio, por el método de prueba molecular (PCR) o mediante el uso de detección rápida del antígeno del coronavirus COVID-19 (prueba rápida) en laboratorios de diagnóstico privados, como se define en pd 84/2001 (A '70), ya sea en clínicas privadas o en farmacias o a un médico particular, por cuenta propia. Donde no hay laboratorios de diagnóstico privados o clínicas o farmacias privadas o médicos privados, las pruebas de diagnóstico las realizan las clínicas municipales. A menos que un pasajero lleve una máscara, no se le permite ingresar al medio de transporte. , independientemente de la bandera, la organización y realización de eventos de entretenimiento, así como la participación en los mismos. En caso de infracción se impondrá: a) En los pasajeros y tripulantes una multa administrativa de mil (1.000) euros. b) A los armadores o armadores o administradores de buques, así como a los capitanes o capitanes de buques / embarcaciones: 1ª infracción: - Multa administrativa de cincuenta mil (50.000) euros. 2ª infracción: - Multa administrativa de doscientos mil (200.000) euros. a) Integridad en transbordadores de pasajeros y pasajeros / automóviles: hasta el 80% del número permitido de pasajeros o el 85% si el barco tiene camarotes. Las cabinas de pasajeros y tripulación pueden acomodar hasta cuatro (4) personas, si son cónyuges / convivientes, familiares de primer o segundo grado o personas con discapacidad después de su acompañante, en caso contrario dos (2) pasajeros individuales o miembros de la tripulación, respectivamente. Cobertura de vuelo por asientos de avión es el cincuenta por ciento (50%). (b) Integridad del transbordador de vehículos de pasajeros, pasajeros de alta velocidad y pasajeros-hidroala: (i) hasta el ochenta por ciento (80%) del número total de pasajeros a bordo, si tienen HEPA (aire de partículas de alta eficiencia) Los filtros son responsables, bajo la responsabilidad del propietario del buque, el administrador y los capitanes, así como sus organismos de certificación gubernamentales, de su instalación y funcionamiento de acuerdo con las instrucciones del fabricante. Con el cuidado del armador, el administrador y los capitanes, se prepara un plan para cubrir los asientos tipo avión para cada buque y ii) hasta el cincuenta por ciento (50%) si el equipo de aprox. (I) no se ha instalado en los barcos anteriores. c) En cualquier caso, para el embarque de pasajeros desde puertos de la Grecia continental a las islas y viceversa, el Cuestionario de Declaración Sanitaria antes del Embarque incluido en el Anexo 1 de las medidas para prevenir y tratar los casos de COVID-19 en pasajeros y pasajeros es terminado. transbordadores de automóviles que realizan cabotaje marítimo, los cuales se encuentran publicados en el sitio web del Ministerio de Transporte Marítimo y Política Insular https://www.ynanp.gr/en/. d) Los pasajeros, capitanes y tripulantes están obligados, antes del embarque, durante la travesía, así como durante el desembarque de los pasajeros, a cumplir con las demás medidas de prevención y tratamiento de los casos de coronavirus COVID-19 en los pasajeros y pasajero. - transbordadores de automóviles que realizan cabotaje marítimo, (https://www.ynanp.gr/en/).